Lunes, 22 Agosto 2016 09:00

Crédito Social: Una introducción para distributistas

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Este artículo fue originalmente colgado en la red por The Distributist Review el 11 de Abril de 2016: Social Credit: An Introduction for Distributists: http://distributistreview.com/social-credit-introduction-distributists/. (Se han incorporado a esta versión dos cambios muy pequeños).

Como todo distributista sabe, existen tres sistemas económicos básicos. El primero defiende la propiedad privada de los medios de producción, pero los concentra en manos de unos pocos, dejando así a la mayor parte de la población con ninguna otra opción más que vender la única cosa que tienen, su trabajo, a cambio de los medios de subsistencia. Éste el sistema capitalista. El segundo sistema rechaza el dominio privado de la propiedad productiva en favor del dominio colectivo, con independencia de si esa propiedad colectiva es confiada o encomendada al Estado o a una serie de cuerpos comunitarios más pequeños. Esta actitud hacia el capital constituye el dogma principal del socialismo. La tercera y final alternativa mantiene la institución de la propiedad privada, pero insiste en que dicha propiedad debe ser repartida de manera general de tal forma que el mayor número posible de gente pueda disfrutar de su propia parte en la propiedad productiva de la nación. Este es el modelo que ha venido a conocerse como “distributismo”. Todo sistema económico (ya sea existente o simplemente posible) constituye una variación de uno de estos casos, o una combinación parcial de algunos de sus aspectos y tendencias principales.

Lo que muchos distributistas puede que no sepan es que contemporáneamente a los esfuerzos de Belloc y Chesterton en proporcionar una elaboración teórica para aquella orientación económica general que floreció bajo la Cristiandad Medieval, y en explorar vías a través de las cuales la sabiduría de dicho sistema pudiera ser restaurada bajo las condiciones modernas, surgió a su vez, también en Inglaterra, un pequeño aunque influyente movimiento para la regeneración de la sociedad. Este movimiento funcionaba en base a unos mismos fundamentos. En común con el distributismo, el Crédito Social se fundamentaba en lo que resultaron ser principios cristianos. [1]

Encabezado por el ingeniero anglo-escocés, Mayor Clifford Hugh Douglas (1879-1952), el movimiento del Crédito Social buscaba llevar las instituciones y convenciones que regulan la vida social en conjunción y alineación con aquello a lo que Douglas se refería como “el Canon”, es decir, las leyes naturales que gobiernan la realidad. El objetivo consistía en un funcionamiento o desenvolvimiento apropiado o saludable, y ello requería previamente que se descubriera la “lógica” interna del universo y que ésta fuera obedecida a través de la aplicación de los mecanismos apropiados.

En el terreno de la economía, esto significaba que las reglas del juego económico, así como las instituciones necesarias para llevarlas a efecto, habían de determinarse, no por lo que fuera más provechoso para unos pocos poderosos, ni por lo que permitiera mejorar el estatus u objetivos de cualquier colectivo, sino por el bien común de los individuos. Ese “bien común” consistía en el cumplimiento del auténtico propósito de la asociación económica: el suministro de aquellos bienes y servicios que la gente pueda usar con provecho para ella misma, con la menor cantidad de trabajo humano y consumo de recursos al mismo tiempo.

Fue en el transcurso de su trabajo como ingeniero como Douglas descubrió, a través de una serie de acontecimientos fortuitos, que el principal obstáculo en el camino del bien común de la economía era la finanza o sistema monetario. En una variedad de presentaciones hechas ante el Comité de Investigación Bancaria canadiense en 1923, el Comité MacMillan de Finanza e Industria británico en 1930, el Comité Monetario de Nueva Zelanda en 1934, y un comité legislativo de la provincia de Alberta en 1934, así como en un torrente de libros, artículos, comentarios, debates y discursos, comenzando a partir de 1917 y continuando hasta principios de la década de los `50, Douglas explicó qué era lo que estaba mal en el sistema bancario y en el sistema de contabilidad de costes existentes, así como lo que podría y debería hacerse a modo de rectificación. [2] La solución que proponía constituía un reconocimiento de que una amplia y equitativa distribución de propiedad productiva privada era necesaria si se quería que la economía sirviera al bien común. En términos de la división tripartita de sistemas económicos, el Crédito Social entra de lleno dentro del campo distributista.

Pero si el Crédito Social y el distributismo, o aquello a lo que en adelante me referiré como distributismo “clásico”, están de acuerdo en hacer un llamamiento al retorno a un Estado de Propietarios, esa tercera opción más allá del capitalismo y del socialismo, ¿en dónde divergen entonces? [3]

Las diferencias esenciales entre estos dos modelos parecen ser en número de tres; éstas envuelven: 1) la naturaleza de la propiedad que ha de ser distribuida, 2) los métodos para distribuir esa propiedad, y 3) las implicaciones socio-económicas que se originan de una verdadera obtención de una más amplia y más equitativa distribución de la propiedad sobre los medios de producción.


Propiedad directa vs. Propiedad usufructuaria

Mientras que el distributismo clásico busca facultar a las familias y –cuando esa propiedad familiar no resulta práctica– a los empleados como dueños directos de la propiedad que usan para producir bienes y servicios, el Crédito Social no tiene como objetivo distribuir la propiedad entre la mayoría en forma de granjas familiares, talleres, comercios, pequeñas empresas, ESOPs, o cooperativas, etc. [4] En lugar de ello, la propiedad que el Crédito Social desea atribuir a cada ciudadano individual es una propiedad usufructuaria (en lugar de directa) sobre el capital real, es decir, sobre las máquinas, equipo, y herramientas de una sociedad industrializada. El tipo de contribución que el capital general hace para la producción (en contraposición al capital mismo) se considera correctamente como una propiedad común o comunal. [5]

Los recursos naturales, las plusvalías que se originan a partir de la asociación (tanto humana como mecánica), y la herencia cultural de la sociedad (los descubrimientos pasados científicos, ingenieros, inventores, organizadores, y aventureros, etc.), son los que hacen posible el capital real de la economía. Da la casualidad de que esos factores de producción son también dones gratuitos de Dios, de la naturaleza, y de las generaciones precedentes. Por estas razones, cada individuo puede legítimamente reclamar, en común con sus compañeros, que él es o debería ser el principal beneficiario o usufructuario del uso que se haga del capital real. En verdad, cada uno de nosotros es un accionista dentro de su asociación económica y, por tanto, tiene derecho en estricta justicia a una parte proporcionada en la abundante producción que la maquinaria mecánica puede suministrar.


El Estado Regulador vs. Reforma Monetaria

Tanto el Crédito Social como el distributismo clásico reconocen que hay un papel para las autoridades públicas en la consecución del Estado de Propietarios. Mientras que el distributismo clásico apoya tales métodos como la legislación antimonopolista, impuestos diferenciales, gremios, cooperativas, e incluso la redistribución de la propiedad cuando sea oportuno (como fue el caso con el programa La-Tierra-Para-Quien-La-Trabaja en Taiwán), el Crédito Social busca conseguir el mismo objetivo general de un amplio o extendido dominio sobre la propiedad productiva por vía de la reforma monetaria. Es decir, la distribución de un usufructo sobre el capital comunal a todos no requeriría expropiar a los dueños directos de las fábricas o de otras organizaciones productivas, ni implicaría confiscar y redistribuir –o alterar de alguna otra forma– la atribución o asignación de las acciones de las corporaciones, ni necesitaría de impuestos redistributivos o punitivos, o de una regulación estatal de las actividades del mercado en forma de gremios o instituciones y convenciones similares.

A fin de captar cómo podría realizarse el Estado de Propietarios por vía de la reforma monetaria, es necesario entender el análisis del actual sistema financiero hecho por el Crédito Social.

El crédito bancario, es decir, abstracciones enumeradas, forman el groso de la oferta monetaria (más del 95 %) en cualquier país moderno. La moneda legal, o billetes y monedas, es la calderilla de la economía. Todo préstamo bancario o adquisición bancaria crea dinero en forma de crédito, y toda devolución a un banco o toda redención de una adquisición bancaria, destruye el crédito. El crédito está continuamente creándose y destruyéndose; es decir, se mueve cíclicamente dentro y fuera de la existencia, en lugar de circular indefinidamente tal y como lo consideraría la teoría cuantitativa del dinero. La mayoría de la producción se financia en base a préstamos bancarios o provisiones en descubierto. Por esta razón, los precios no son infinitamente flexibles; existe un límite inferior que ha de ser recobrado por los productores a partir de los consumidores si se quiere que las empresas eviten su bancarrota. Ahora bien, el Crédito Social afirma que este crédito al productor, al mismo tiempo que va generando y acumulando costes y, por tanto, precios durante el curso de la producción, también va liberando un volumen menor en forma de ingresos al consumidor (es decir, poder adquisitivo en forma de sueldos, salarios y dividendos) con los cuales pueden liquidarse los correspondientes precios. En otras palabras, hay un desequilibrio estructural en el sistema de precios o una brecha precio-ingreso. La ley de Say no se sostiene.

Esta brecha puede exacerbarse mediante la especulación o la realización de mayores beneficios (incluyendo los beneficios derivados de los intereses), los ahorros, la reinversión de los ahorros, políticas deflacionarias periódicas por parte de los bancos, e impuestos; pero se debe fundamentalmente a las convenciones contables que gobiernan la financiación y el cálculo de los costes del capital real. [6] Dicho en pocas palabras: mientras que todo gasto laboral en el curso de una producción se registra como un coste y también como una inyección de ingresos en los bolsillos del consumidor; y el beneficio, al tiempo que figura como un “coste”, puede redistribuirse en forma de un dividendo; en cambio los gastos de capital (incluyendo los costes asignados en la fase de venta al por menor) no son distribuibles como ingresos corrientes. En algunos casos, como el pago o devolución de préstamos de capital (Capex, en el sentido más estricto), el gasto de capital no es distribuible como ingreso al consumidor en absoluto (el dinero utilizado para devolver un préstamo es destruido), mientras que en otros casos, como en los cargos por depreciación y mantenimiento, el gasto, mientras está siendo distribuido como ingreso en un punto posterior en el tiempo, se dispersa o difunde en un volumen menor que aquel en que fue recolectado (porque los costes de capital de otras compañías también representan o aparecen en el gasto de fondos Opex (fondos para gastos operativos)). Si consideramos que “A” representa el flujo de ingresos del consumidor y “B” representa el flujo de costes de capital, podríamos decir que, a lo largo de toda la economía tomada en su conjunto, los empresarios están exigiendo “A + B” a los consumidores en forma de precios, pero al mismo tiempo solamente están distribuyendo ingresos suficientes para satisfacer el componente A del coste en forma de ingresos. [7]

El actual sistema financiero tiene dos opciones fundamentales para compensar la inherente escasez de poder de compra del consumidor. Puede confiar en que las empresas vendan por debajo del coste (reduciendo, de esta forma, los precios), o bien puede intentar incrementar el flujo de pagos A manteniendo al mismo tiempo estable el flujo de precios (A + B). Si bien los dos métodos se invocan en la práctica, el segundo posee claras ventajas sobre el primero. A menos que estuvieran implicados subsidios del gobierno en la operación, las empresas solamente podrían vender por debajo del coste durante un periodo fijo de tiempo antes de que la bancarrota apareciera en primer plano. De esta forma, generalmente intentamos asegurar el equilibrio haciendo crecer continuamente la economía en la proporción requerida e induciendo al mayor número posible de consumidores a que complementen su poder adquisitivo por vía del recurso al endeudamiento del consumidor. En ambos casos, se crea dinero nuevo y adicional como deuda por parte del sistema bancario. El crédito prestado a los gobiernos para las obras públicas y otras actividades (como la guerra) pueden proporcionar puestos de trabajo y, por tanto, ingresos, sin expandir, en el mismo periodo de tiempo, la carga de su coste sobre el contribuyente. De un modo similar, el crédito prestado a la empresa para su expansión –especialmente expansión que implica la producción de capital y la producción para la exportación– puede distribuir sueldos, salarios y beneficios adicionales, sin añadirse simultáneamente al flujo de precios. Naturalmente, toda esa producción, ya sea pública o privada, tendrá que pagarse eventualmente, pero llegado ese momento podemos esperar otra vez salir del paso haciendo más de lo mismo: crecimiento económico adicional y un nuevo incremento en el endeudamiento del consumidor.

Puesto que la brecha precio-ingreso se debe, principalmente, a la forma en que el actual sistema financiero representa incorrectamente los costes del capital real (es decir, como valores en precios sin que les acompañen ingresos al consumidor), y puesto que la propiedad usufructuaria del capital real se concede justamente a los ciudadanos individuales, el Crédito Social propone ocuparse del problema de la brecha alterando el sistema financiero de tal forma que de ahora en adelante proporcione una exacta e isofórmica representación de los hechos económicos físicos.

En lugar de todos esos paliativos convencionales, la comunidad política de Crédito Social monetarizaría esa proporción de los precios de los bienes de consumo que no aparece representada por los ingresos al consumidor, por vía de la creación de crédito “libre de deuda”, y lo distribuiría a los usufructuarios del capital comunal. Precios e Ingresos estarían en equilibrio automático y el sistema financiero se volvería autoliquidable en lugar de tener que estar dependiendo de una cada vez más creciente carga de deuda pendiente, a fin de poder satisfacer los precios corrientes. El pago directo tomaría la forma de un Dividendo Nacional y se concedería como un ingreso seguro a todos los ciudadanos, con independencia de que estuvieran o no empleados en la economía formal. [8] El pago indirecto, conocido como el Descuento Nacional, eliminaría de manera efectiva las cargas Capex (gastos o inversiones en bienes de capitales) de los precios, permitiendo a los minoristas vender sus bienes y servicios a un precio que refleje los costes reales de la producción (que vendrían a ser un porcentaje de los costes financieros tal y como son normalmente computados o calculados). Este descuento daría, pues, como resultado una reducción de precios para los consumidores, al mismo tiempo que se estaría proporcionando a los minoristas un reembolso a fin de que sus costes contables pudieran todavía ser satisfechos completamente. [9]

Haciendo que el sistema monetario se corresponda con los hechos económicos físicos, el Crédito Social transformaría a toda la sociedad convirtiéndola en una gigantesca cooperativa distribuidora de ganancias.


Do ut Des vs. Reparto del don gratuito

Finalmente, el Crédito Social y el distributismo clásico difieren porque el tipo de sociedad de propietarios que cada cual conseguiría, y la manera en que cada cual buscaría conseguirla, encarnan dos visiones radicalmente diferentes del orden socio-económico cuando se trata de la relación entre riqueza y trabajo. En el sistema distributista, toda la riqueza debe ser ganada a través del trabajo (si asumimos que todas las formas de renta económica habrán de ser eliminadas). Todos y cada uno, o al menos todo hombre de familia o eventual hombre de familia, debe trabajar sobre su propio capital (ya se tenga individualmente o en común con otros) para proporcionar un sustento para él y para aquéllos que dependen de él. A esto se hace referencia a veces en la literatura del Crédito Social como un sistema económico do ut des, o la negación del don gratuito como realidad económica. El Crédito Social está de acuerdo en que se debería terminar con la renta económica, pero de ahí no se sigue que toda riqueza obtenida sin trabajo sea necesariamente mala, ni que un don gratuito de carácter económico constituya una imposibilidad metafísica.

El fenómeno principalmente responsable de la creciente brecha precio-ingreso es, a su vez, el mismo fenómeno responsable de la creciente tendencia hacia el desempleo tecnológico: el desplazamiento del trabajo por el capital real. Proporcionando, sobre una base equitativa, una cierta medida de acceso a la riqueza sin previo trabajo, el dividendo (en conjunción con el mecanismo del precio compensado) eliminaría, en el plano financiero, la necesidad del pleno empleo, del mismo modo que los avances tecnológicos han eliminado dicha necesidad en el plano físico. [10]

Los Creditistas Sociales ven las propuestas de Douglas como una manifestación en el plano económico y material de la doctrina cristiana de la gracia inmerecida, en tanto que necesaria (aunque no suficiente) para la salvación. La economía necesita del don gratuito a fin de poder funcionar apropiadamente, y la gente lo necesita también a fin de poder tener el tiempo y los medios para atender de manera apropiada a los muchos otros asuntos acuciantes que están más allá de la sórdida lucha por la mera supervivencia económica… incluyendo, más destacadamente, sus vidas espirituales.

 

 

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[1] Mientras que la economía distributista, habiéndose desarrollado orgánicamente bajo la influencia de la Iglesia en la Edad Media, estaba explícitamente fundamentada sobre principios cristianos, el modelo económico del Crédito Social se basaba en una cuidadosa observación y análisis de la realidad. Solamente se hizo evidente más tarde que los principios revelados de ese modo eran idénticos a algunos de los principios claves de la Cosmovisión Cristiana.

[2] Considerando no sólo la enorme cantidad, sino también el elevado nivel de calidad, de los escritos que Douglas y sus más íntimos colaboradores han dejado para la posteridad sobre una enorme variedad de materias, resulta asombroso que el Crédito Social, como cuerpo de pensamiento, permanezca relativamente desconocido hasta el día de hoy. Incluso allí donde se lo conoce, a menudo aparece fundamentalmente mal entendido.

[3] En su libro, Un ensayo sobre la restauración de la propiedad, Hilaire Belloc describía el “Estado de Propietarios” como “el estado de la sociedad tal y como nuestros ancestros lo disfrutaron, en donde la propiedad está bien distribuida…” Cf. Hilaire Belloc, Un ensayo sobre la restauración de la propiedad, 2ª edición. (Norfolk, Virginia: IHS Press, 2009), 13.

[4] Esto no quiere decir que el Crédito Social se oponga a estas formas de dominio de la propiedad productiva. De hecho, en la medida en que una producción descentralizada y/o cooperativa de este tipo sirviera a un propósito legítimo en orden al cumplimiento de los fines económicos, la introducción del Crédito Social proporcionaría un entorno financiero favorable para su expansión y desarrollo orgánicos.

[5] Los términos “común” y “comunal” se usan aquí en el sentido distributista y no en el sentido socialista, es decir, como propiedades sobre las que cada individuo puede presentar una reclamación o reivindicación de su propia porción privada, en lugar de considerarse como algo que es “poseído” colectivamente por un grupo.

[6] Contrariamente a una habitual errónea interpretación, el “Crédito Social” no consiste en un sistema monetario “libre de intereses”. La usura, en el sentido de “beneficios no procedentes del trabajo” o rentas económicas obtenidas sobre préstamos, constituye ciertamente una característica del sistema bancario actualmente existente, pero es más una consecuencia que una causa de la brecha precio-ingreso. Elimínese la brecha conforme a los lineamientos del Crédito Social y automáticamente se eliminará gran parte de la usura potencial.

[7] Esto no es el famoso teorema A + B de Douglas, sino una adaptación generalizada del mismo, en donde se busca aislar o especificar la causa esencial de la brecha. Se usan los mismos símbolos (es decir, “A” y “B”), pero en una forma ligeramente distinta. Mi “B” no incluye todos y cada uno de los “pagos a otras organizaciones” porque la restrinjo sólo a los costes de capital. La “B” de Douglas incluye pagos que representan pasados gastos A en el curso de la producción.

[8] El dividendo del Crédito Social o “Dividendo Nacional” no debe confundirse, por tanto, con cualquier propuesta convencional en favor de un “ingreso básico” que se financie por vía de impuestos redistributivos y/o un incremento en el endeudamiento público.

[9] Si bien iría más allá del alcance de este artículo el considerar con gran detalle variados fenómenos tales como el ciclo recurrente de booms y depresiones; la inflación (tanto por empuje de costes como por tirón de la demanda); los niveles opresivos de los impuestos; el sabotaje, despilfarro e ineficiencia económicas; la creciente centralización del poder, privilegios y riqueza económicos en cada vez menos y menos manos; la cada vez más creciente montaña de deuda social que, en su conjunto agregado, es impagable; los conflictos sociales; la migración forzosa; la dislocación cultural; la degradación medioambiental; y los conflictos económicos internacionales que conducen a la guerra…, todos ellos aparecen profundamente implicados como consecuencias directas o indirectas del desequilibrio en el sistema de precios. Si se resuelve ese desequilibrio conforme a los lineamientos del Crédito Social, es probable, por tanto, que se reduzcan –por no decir que se eliminen– todas esas otras fuentes y manifestaciones de disfunción económica y social, además de restaurarse una amplia o extendida posesión de propiedad como signo característico o definidor del orden económico.

[10] Esta es otra forma en la que el Crédito Social busca hacer que el sistema financiero refleje o se corresponda con la realidad económica física.

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